REGLAMENTO LIGA NACIONAL (TRES BANDAS)

ART. 1 DEFINICIÓN

  1. Con el nombre de Liga Nacional de Billar, se denomina al Campeonato de España de Interclubes a Tres Bandas.
 

ART. 2 SU ESTRUCTURA

  1. La Liga Nacional está compuesta por Dos Divisiones:
  1. Una Primera División formada por 56 equipos.
  2. Una División de Honor compuesta inicialmente por 8 equipos denominados cabezas de serie, más otros 24 que provendrán de la Primera División.
 

ART. 3 REQUISITOS DE ACCESO Y PARTICIPACIÓN :

  1. Los clubes interesados en participar en Liga Nacional deberán disponer de :
  1. 2 billares reglamentarios homologados.
  2. Marcadores perfectamente visibles para público y jugadores.
  3. Local de juego aislado de otras actividades o suspensión de éstas durante la competición.
  4. Sillas y mesas para jugadores y anotadores, lo más aisladas posibles del público.
  5. Dirección de partidas con árbitros federados.
  6. Material de juego en perfectas condiciones y homologado por R.F.E.B. (paños y bolas nuevas para el inicio de la primera jornada de liga que tenga lugar en cada club).
  7. Que los componentes del equipo estén en posesión de las correspondientes Licencias Nacionales.
  8. Al abono de la cuota de inscripción que para cada temporada se fije por la R.F.E.B.
  9. Al envío de los resultados mediante FAX (antes de las 23 horas del día en que se celebre el encuentro liguero), de los encuentros que cada club dispute en su sede.
 

ART. 4 EL CALENDARIO

  1. El Calendario de la Liga Nacional de Billar se confecciona en la Asamblea General Ordinaria de la R.F.E.B., o, en su defecto por la Comisión Delegada.
  2. Los encuentros correspondientes a la Primera División, se juegan a partidos de ida y vuelta, respectivamente, en cada uno de los clubes participantes.
  3. En la División de Honor, por el contrario, se juegan a partido único, disputándose éstos en sedes designadas al efecto de entre los equipos participantes, recayendo estas designaciones en aquellos clubes que lo solicitasen y en un orden preferencial atendiendo a la clasificación inicial entre los equipos integrantes de cada grupo.
  4. Todas las jornadas de liga deberán celebrarse inexcusablemente en las fechas señaladas en el calendario deportivo, salvo causa grave e imprevista que lo impidiera y, siempre con el conocimiento previo y permiso especial de la R.F.E.B.
 
PRIMERA DIVISIÓN

ART. 5 SU COMPOSICIÓN :

  1. Se integran en esta Primera División, los 8 equipos que durante la temporada anterior hubieran adquirido este derecho como consecuencia de las clasificaciones obtenidas en la División de Honor.
  2. Asimismo, acceden a ella procedentes de las Ligas Territoriales, otros 48 equipos según se refleja en la tabla que se indica.
  3. Núm.Orden Federación 
    Núm.Equipos
     Núm.Orden Federación Núm.Equipos
    1Federación Catalana8 9Federación Gallega2
    2Federación Valenciana8 10Fed. Castilla La Mancha2
    3Federación Murciana3 11Federación Cántabra1
    4Federación Andaluza3 12Federación Extremeña1
    5Federación Madrileña3 13Federación Pais Vasco1
    6Federación Aragonesa3 14Federación Navarra1
    7Fed. Castellano-Leonesa2 15Federación Balear4 *
    8Federación Asturiana2 16Federación Canaria4 *
     

    La determinación de que las FF.TT. de Baleares y Canarias participen con 4 equipos cada una de ellas, viene dada por la conveniencia de que la participación en esta Primera División concurra por proximidad geográfica y, como se verá, en grupos de 4 equipos.

  4. La designación de qué equipos han de participar en esta Primera División procedentes de las distintas Territoriales, vendrá determinado por los criterios, reglas o normas que, asimismo, cada FF.TT. tengan estructuradas.
  5. La cuantía de equipos que cada Territorial aporta, según tabla, viene determinada por la estimación que el Comité Técnico de la R.F.E.B. ha realizado sobre el potencial deportivo de cada una de las distintas FF.TT. La creación de un mayor número de clubes en cualquier Territorial y/o el mayor potencial que éstas puedan desarrollar en un futuro a través de sus respectivas Ligas, constituirán motivo suficiente para establecer nuevas proporciones de representatividad en la indicada tabla.
  6. Las posibles bajas de participación en alguna Territorial. por renuncia, serán cubiertas por oferta al resto de Territoriales, siguiendo para ello un orden preferencial al establecido en la mencionada tabla.
  7. Como consecuencia de la idea base de que en esta Primera División la confección de los grupos sea de 4 equipos y por proximidad geográfica, obliga a dejar excluidas de poder acogerse a lo indicado en el punto anterior, a las FF.TT. de Baleares y Canarias.
 

ART. 6 INSCRIPCIONES
  1. Con fecha límite del 15 de Septiembre de cada año, las FF.TT. deberán proceder a indicar a la R.F.E.B. el número de equipos que van a inscribir en la Liga Nacional procedentes de sus Territoriales, según la tabla que se contempla en el art. 5º del presente capítulo.
  2. Así mismo, las FF.TT. deberán, antes del 1 de Diciembre, remitir a la R.F.E.B. la relación de jugadores que componen cada uno de los equipos inscritos, enumerados en orden de fuerza y en número mínimo de 6 y máximo de 12, no pudiendo verse alterada o aumentada cada formación a lo largo del desarrollo de esta Primera División.
 

ART. 7 SU DESARROLLO

  1. La competición para esta Primera División se establece según sistema tradicional de liga con partidos de ida y vuelta, desarrollándose en 14 grupos de 4 equipos cada uno, confeccionándose estos grupos en atención a una rigurosa proximidad geográfica, otorgándose, no obstante, a los 8 equipos ya clasificados por derecho de la temporada anterior, la condición de cabezas de grupo.
  2. Por el Comité Técnico de la R.F.E.B., se procederá cada año a la composición de los grupos atendiendo a lo ya indicado, preferenciando a la vez, que, en la medida de lo posible o conveniente, los equipos integrantes de una misma Territorial jueguen en un mismo grupo (siempre grupos de 4).
  3. Los Campeones de cada uno de los 14 grupos, más los 10 mejores promedios generales habidos de entre los segundos clasificados de grupo ascienden en la misma temporada a la División de Honor, en donde los 8 cabezas de serie clasificados como finalistas de la temporada anterior, les esperan para competir en dicha División de Honor.
  4. Los equipos no clasificados para la División de Honor, descienden a categoría Territorial, desde donde la próxima temporada podrán optar, nuevamente, a competir en Liga Nacional.
  5. Al inicio de cada temporada (segundo sábado del mes de Enero), los clubes que oficialmente hubieran quedado inscritos, deberán, tres idas antes del señalado para el inicio del primer encuentro a disputar en su sede, proceder a la colocación de dos paños nuevos homologados y, disponer, igualmente, de dos juegos de bolas nuevas, que únicamente podrán ser utilizadas para los partidos oficiales de la Liga, por lo que dichos juegos de bolas deberán ser precintados al término de cada encuentro oficial, firmando en dicho precinto el Director Deportivo del Club y los Capitanes de ambos equipos, para que en el próximo encuentro se proceda, en presencia de los contendientes, a su desprecinte.
 

ART. 8 ABANDONOS O DESCALIFICACIONES DE EQUIPOS

  1. Si un equipo, antes de su inicio o, a lo largo de la temporada abandonase la competición, bien por causas de fuerza mayor, voluntad propia o, llegado el caso, por sanción federativa, se estará a lo siguiente :
  2. Si la baja se produce antes del inicio de la temporada, la vacante se cubrirá por oferta a la F.T. a la que pertenezca el equipo en cuestión para su sustitución, de no ser esto posible, se estará a lo dispuesto en el punto 5 del ART. 5.

    Si la baja se produce con la liga iniciada y por consiguiente con resultados ya efectivos, el grupo que se viera afectado por este motivo jugará por el mismo sistema entre los 3 equipos restantes, quedando nulos los resultados obtenidos con el equipo que causó baja.

  3. Con independencia de las presentes normas reguladoras para solventar las situaciones derivadas por el abandono o descalificación de cualquier equipo, se estará a lo dispuesto por el Comité de Disciplina Deportiva de la R.F.E.B., de acuerdo con las circunstancias que motivaron el abandono o descalificación.
 

ART. 9 ENTRENAMIENTOS

  1. Cada participante tendrá derecho a 5 minutos de toma de contacto con el material, inmediatamente antes del partido.
  2. Así mismo, el equipo visitante tendrá derecho entre las 12 y las 13 horas del día señalado para el partido a 1 hora de entrenamiento sobre el material donde se hayan de celebrar los partidos, exceptuándose las bolas oficiales.
 
DIVISIÓN DE HONOR

ART. 10 INSCRIPCIONES

  1. Los 24 equipos procedentes de la Primera División, quedan a través de su clasificación, formalmente inscritos para disputar la División de Honor.
  2. Los 8 equipos cabezas de serie, formalizarán su inscripción, con fecha límite del primer viernes del mes de abril, a través de sus FF.TT. incluyéndose la relación de jugadores que en número mínimo de 6 y máximo de 12 han de componer los equipos, ordenados éstos, por orden de fuerza, sin que dicho orden pueda verse alterado a lo largo de toda la temporada.
  3. A los equipos clasificados procedentes de la Primera División, se les abre un plazo de 7 días a partir del sábado señalado para la última jornada de liga en Primera División, para optar por incorporar a sus equipos a un jugador que no hubiera participado en la temporada actual con ningún otro equipo en Liga Nacional. Para optar por este requisito, el equipo en cuestión deberá disponer de vacantes, de no ser así, habrá proceder a dar de baja a algún jugador.
  4. La solicitud de incorporación de un jugador en el periodo indicado, deberá tramitarse a través de la correspondiente F.T., con la indicación del número con el que ha de ser incluido en el equipo.
 

ART. 11 COMPOSICIÓN y DESARROLLO (Primera Fase)

  1. La División de Honor queda configurada por un sistema de juego distinto al de la Primera, según el cual, en su Primera Fase , los 8 equipos que en la temporada anterior se proclamaron finalistas, pasan a integrarse como cabezas de serie en cada uno de los 8 grupos que la han de configurar, completando estos grupos los 24 equipos que hubieran ascendido de la Primera División.
  2. La composición de cada uno de los grupos indicados, se realizará siguiendo los criterios que se indican seguidamente :
  3. Grupo " A " Grupo " B " Grupo " C "
    1º División Honor 2º División Honor 3º División Honor
    8º prom. equipo Campeón 7º prom. equipo Campeón 6º prom. equipo Campeón
    9º prom. equipo Campeón 10º prom. equipo Campeón 11º prom. equipo Campeón
    10º prom. equipo Subcamp. 9º prom. equipo Subcamp. 8º prom. equipo Subcamp.
     
    Grupo " D " Grupo " E " Grupo " F "
    4º División Honor 5º División Honor 6º División Honor
    5º prom. equipo Campeón 4º prom. equipo Campeón 3º prom. equipo Campeón
    12º prom. equipo Campeón 13º prom. equipo Campeón 14º prom. equipo Campeón
    7º prom. equipo Subcamp. 6º prom. equipo Subcamp 5º prom. equipo Subcamp.
     
    Grupo " G " Grupo " H "
    7º División Honor 8º División Honor
    2º prom. equipo Campeón 1º prom. equipo Campeón
    1º prom. equipo Subcamp. 2º prom. equipo Subcamp.
    4º prom. equipo Subcamp. 3º prom. equipo Subcamp.
     
  4. Cada uno de estos grupos se disputa en una sede (clubes con 4 billares), por el sistema de liga a una sola vuelta, clasificándose para la Segunda Fase los dos primeros de cada una de las ocho sedes.
  5. La R.F.E.B., dotará a cada uno de los 8 clubes que queden constituidos en sedes de la Primera Fase, con 4 paños homologados, así como de 4 juegos de bolas nuevas.
  6. Los equipos no clasificados para la siguiente fase descienden a Primera División.
 

ART. 12 COMPOSICIÓN y DESARROLLO (Segunda Fase)

  1. Siguiendo los criterios de competición y organización apuntados en la Primera Fase, se conforman 4 nuevas sedes de 4 equipos cada una con los 16 equipos clasificados en ella.
  2. Para la composición de estos grupos se empleará la misma fórmula utilizada en la fase anterior, ordenándose los 8 Campeones de mayor a menor promedio y a continuación los 8 Subcampeones (sistema serpiente).
  3. Si las sedes de esta Segunda Fase, fueran distintas a las de la Primera, o bien, si siendo las mismas, hubiera transcurrido más de un mes (30 días), de la disputa de la fase anterior, la R.F.E.B. proporcionará, igualmente, a cada uno de los clubes organizadores, 4 paños homologadoy 4 juegos de bolas nuevas.
  4. Los 8 equipos clasificados en esta Segunda Fase, (Campeones y Subcampeones de grupo), pasan a disputar la Fase Final, descendiendo a Primera División los no clasificados, desde donde, la próxima temporada constituidos en cabezas de grupo, esperarán, a los equipos procedentes de las FF.TT. para disputar las plazas que den acceso a la División de Honor.
 

ART 13 COMPOSICIÓN y DESARROLLO (Fase Final)

  1. Los ocho equipos clasificados de la fase anterior pasan a disputar la Fase Final, que podrá ser solicitada, igualmente, por cualquier club interesado (siempre con infraestructura mínima de cuatro billares).
  2. La R.F.E.B., siguiendo los criterios de las fases anteriores, dotará al club organizador, si procede, de 4 paños homologados, así como de 4 juegos de bolas nuevas.
  3. El sistema de juego a emplear en esta última fase, será una continuación de lo establecido en las dos fases anteriores, configurándose dos grupos con los 8 equipos clasificados (serpiente)
  4. Establecidas las clasificaciones de ambos grupos, los Campeones y Subcampeones de cada uno, pasan a disputar mediante cruce los partidos de Semifinales (Campeón A - Subcampeón B) y (Campeón B - Subcampeón A).
  5. Los perdedores de ambas Semifinales pasan a disputarse la Medalla de Bronce, haciendo lo propio los ganadores para el Oro y la Plata.
  6. El Campeón y Subcampeón ostentarán la representación española en la Copa de Europa de Interclubes.
  7. Los 8 equipos que disputan la Fase Final, inician la competición de la próxima temporada en la Primera Fase de la División de Honor, constituidos cada uno de ellos en cabezas de grupo, y, junto a ellos, los 24 equipos procedentes de la Primera División
 

ART. 14 ABANDONOS O DESCALIFICACIONES DE EQUIPOS

  1. Si un equipo, antes de su inicio o, a lo largo de la temporada abandonase la competición, bien por causas de fuerza mayor, voluntad propia o, llegado el caso, por sanción federativa, se estará a lo siguiente :
Si la baja se produce antes del inicio, o bien, antes de cada una de las "Fases" de que consta esta División de Honor, se cubrirá por oferta hecha al equipo que le correspondiera en orden a la clasificación anterior, tanto si la vacante producida correspondiera a alguno de los equipos ascendidos o por alguno de los 8 cabezas de serie.

Si la baja se produjese sin tiempo material para ser cubierta, el grupo afectado jugará con 3 equipos disputándose la liga de la sede afectada a doble vuelta.

 

ART. 15 ORDEN DE LOS ENCUENTROS

  1. Para determinar el orden de enfrentamientos de los equipos que participan en una sede, tanto para los partidos de la 1ª, como de la 2ª Fase, el Director Deportivo del club local, se regirá de acuerdo a los siguientes criterios :
  2. Primer turno de juego : El equipo con situación más próxima al club anfitrión y éste. Segundo turno de juego : Los dos equipos restantes.

    Tercer turno de juego : Perdedores de los turnos 1º y 2º.

    Cuarto turno de juego : Ganadores de los turnos 1º y 2º.

    Quinto y Sexto turno : Los partidos restantes, según criterio del Director Deportivo.

  3. Los horarios de juego se establecen de acuerdo a lo siguiente :
  4. Primer turno de juego : Sábado 12,--- horas

    Segundo turno de juego : Sábado 16,--- horas

    Tercer turno de juego : Sábado 19,--- horas

    Cuarto turno de juego : Sábado 21,--- horas

    Quinto turno de juego : Domingo 12,--- horas

    Sexto turno de juego : Domingo 16,--- horas

  5. En cuanto a la Fase Final, los turnos de juego y horarios serán los siguientes :
 
TURNO D I AHORA GRUPOEQUIPOS
 Jueves18 , -- B2 - 3
 "20 , -- B1 - 4
 Viernes11 ,-- A2 - 3
 "15 , -- A1 - 4
 "17 , -- BPerded. T. 1º y 2º
 "19 , -- BGanad. T. 1º y 2º
 "21 , -- APerded. T. 3º y 4º
 Sábado11 , -- AGanad. T. 3º y 4º
 "15 , -- BPartid. Restante
10º "17 , -- APartid. Restante
11º "19 , -- BPartid. Restante
12º "21 , -- APartid. Restante
Semifinal 1 Domingo10 , -- - -Camp. B --Subc. A
Semifinal 2 "12 , -- - -Camp. A – Subc. B
3º / 4º "15 , -- - -Perd. Semifinales
F I N A L "17 , -- - -Ganad. Semifinales
 

ART. 16 ENTRENAMIENTOS

  1. Cada jugador dispondrá de 5 minutos de toma de contacto con el material, inmediatamente antes de cada partido.
  2. No obstante, los componentes de los equipos "no anfitriones", tendrán 5 minutos más antes del inicio de su primer partido (primera ronda).
 
ARTÍCULOS DE CARÁCTER GENERAL

ART. 17 EL EQUIPO
  1. Con independencia del número de jugadores extranjeros (comunitarios o no), que cada equipo considere fichar, en la alineación del equipo solamente podrá figurar uno.
  2. Cualquier jugador del equipo o persona vinculada al mismo podrá ostentar la capitanía del mismo, dándose a conocer oportunamente a la Dirección Deportiva del Club donde se celebre la competición
 

ART. 18 EL PARTIDO

  1. Los partidos se juegan a la distancia de 40 carambolas con límite impuesto de 60 entradas.
  2. El jugador que inicia el juego, lo hará con bola blanca.
  3. En aquellos partidos que se agota el número de entradas, el jugador que cierra entrada deberá jugar la contrasalida.
 

ART. 19 PAUSA DEL PARTIDO

  1. Llegado el partido a su mitad, el árbitro decretará una pausa de 5 minutos, entendiéndose como mitad de partido:
Cuando un jugador alcanza la mitad de carambolas de la distancia establecida, o bien, si disputándose el partido con límite de entradas, se llegase a la mitad de ellas, en ambos casos, cerrando entrada y ante la primera circunstancia que concurra.

El descanso no será concedido, si dándose las circunstancias indicadas, el partido no hubiese llegado a la entrada núm. 12.

En ningún caso se podrá conceder descanso en el transcurso de una serie.

 

ART 20 DEL MATCH

  1. El encuentro consta de cuatro partidos. En Primera División los dos primeros los juegan los números 3 y 4 a las 16,30 horas y, a su término lo harán los 1 y 2. En los de la División de Honor, los 4 partidos de un encuentro se disputarán al unísono.
  2. Cada partida del match, otorga dos puntos al ganador y cero puntos al perdedor; en caso de empate, corresponderá un punto a cada jugador. El equipo que más puntos parciales alcance, consigue los dos puntos del match, si éste acabase en empate a puntos parciales, se repartirían un punto por equipo.
  3. Será requisito obligado para disputar un partido de Liga que el equipo se presente con, al menos, 2 jugadores de los 4 que componen el equipo.
  4. Cada capitán dará las alineaciones de sus respectivos equipos al Director Deportivo del club local con anterioridad al inicio del encuentro, en aquellos casos que por circunstancias un equipo compareciese a disputar su partido con 3 jugadores, siempre deberá quedar exento el número 4; si la ausencia correspondiese a dos, los exentos de participación corresponderían a los núms. 3 y 4.
  5. Los puntos parciales de los partidos no jugados como consecuencia de las incomparecencias antes citadas, se otorgarán al equipo correctamente presentado.
 

ART. 21 ALINEACIÓN INDEBIDA :
  1. Un equipo incurrirá en alineación indebida por alguno de los siguientes motivos:
  1. Como consecuencia de la incorrecta aplicación del punto 4 del artículo anterior.
  2. Por alteración en el orden de los jugadores, con respecto a la relación original que en su día fue presentada ante la R.F.E.B.
  3. Por la inclusión en el equipo de algún jugador no autorizado por la R.F.E.B.
  1. Las sanciones deportivas correspondientes a los casos expuestos anteriormente serán, para el apartado a) pérdida de los partidos disputados incorrectamente, para los b) y c), de pérdida del encuentro por 8 - 0.
  2. Todo jugador con licencia federativa en vigor, podrá ser incluido en un equipo de Liga Nacional aunque éste hubiera participado o participase en cualesquiera de las Ligas Territoriales que se vienen disputando en España, no obstante, los jugadores en cuestión deberán poseer licencia expedida por el club que los inscribe en la Liga Nacional. La única restricción de la R.F.E.B. en este sentido se contempla en que un jugador únicamente podrá participar en una misma temporada con un solo equipo en categoría Nacional.
Deberá aclararse en este respecto que lo articulado se establece únicamente a los efectos de la R.F.E.B., pues aquellas FF.TT. que en su reglamentación se contemple incompatibilidad en este sentido, sus jugadores deberán ajustarse a dicha normativa. 

ART. 22 EL DIRECTOR DEPORTIVO

  1. El Director Deportivo es la persona designada por el club local para dirigir el encuentro, siendo sus cometidos los siguientes:
  1. Anunciar en el Club y, si es posible en los medios de comunicación local, el día y hora del encuentro.
  2. Designar los árbitros colegiados que han de dirigir las partidas, así como al personal auxiliar de " actas y marcadores".
  3. Comprobar que las alineaciones y uniformidad de los participantes así como el material de juego es la correcta y reglamentaria.
  4. Confeccionar y firmar el "acta del partido" junto a los capitanes correspondientes, anotando en ella las incidencias si las hubieran.
  5. Cuando se trate de partidos correspondientes a la Primera División, enviar dicha "acta" por FAX a la terminación del encuentro a la R.F.E.B., así como entregar una copia de la misma a cada capitán.
  6. Cuando los partidos correspondan a la División de Honor, enviará al lunes siguiente por correo urgente las "actas" de los 6 encuentros celebrados en su sede junto a la clasificación del grupo, haciendo lo propio con los capitanes de los equipos contendientes..
  1. Los Directores Deportivos de los distintos clubes deberán velar por el exacto cumplimiento de todos los apartados y artículos, con el fin de que la Competición Nacional de Liga, transcurra dentro de los cauces de legalidad y prestigio que debe presidir en la misma
 

ART. 23 LA CLASIFICACIÓN

  1. A los efectos de obtener las clasificaciones, se tendrán en cuenta las siguientes condiciones para establecer el orden de los equipos en las mismas:
    1. Puntos de Match.
    2. Mayor número de puntos parciales totales.
    3. Promedio General.
  1. Si a la finalización de la liga en cuanto a la Primera División, se refiere, o, a la terminación de los partidos celebrados en cada sede en División de Honor, se diera la circunstancia de que tra la aplicación de los puntos 1 y 2, dos o más equipos continuasen empatados en la clasificación, ésta se decidirá recurriendo a :
    1. Puntos de match obtenidos entre los equipos implicados.
    2. Puntos parciales obtenidos entre los equipos implicados.
    3. Mejor promedio general de la Liga o de la Fase.
 

ART. 24 LA UNIFORMIDAD

(Ver capítulo II, artículo 7º, punto 4).

 

ART. 25 EL PRESUPUESTO

  1. Los gastos en la Primera División, correrán a cargo de los clubes participantes.
  2. Para la División de Honor, la R.F.E.B., ayudará a los clubes participantes en la siguiente cuantía:
Primera Fase: 25.000 ptas. a los clubes como ayuda por organización sedes.

30.000 ptas. a los clubes por su desplazamiento.

Segunda Fase: 25.000 ptas. a los clubes como ayuda por organización sedes.

40.000 ptas. a los clubes por su desplazamiento.

Fase Final: 100.000 ptas. al club organizador

40.000 ptas. a los equipos por su desplazamiento.

15.000 ptas. por jugador para alojamiento y manutención (4 por equipo).

 

ART. 26 SANCIONES ECONÓMICAS

  1. El club que por acción u omisión cometiese falta leve incumpliendo el presente Reglamento, será sancionado con multa de 5.000 pesetas cuando la falta se cometa por primera vez y, de 10.000 en caso de reincidencia.
 

ART. 27 DISPOSICIÓN FINAL

  1. Serán de plena aplicación a la presente reglamentación, todas las reglas y normas vigentes de la R.F.E.B., a condición de no contravenir lo que en el presente Reglamento Específico ha sido articulado.
 

 

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